Medida contra la piratería puede frenar el desarrollo de Internet, dice Cofetel

Recientemente se dio a conocer en México la versión borrador del texto del Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (ACTA, Anti-Counterfeiting Trade Agreement), una acuerdo multilateral impulsado por Estados Unidos, Japón, la Unión Europea, Marruecos, Canadá, Suiza, Nueva Zelanda, Australia, Canadá, Corea del Sur y Singapur y México para combatir la piratería, la falsificación y otras infracciones a los derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, algunos puntos de esta iniciativa podrían perjudicar el desarrollo de Internet y la reducción de la brecha digital en México, según advierte la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), ya que el acuerdo incluye tanto los medios físicos como la distribución en Internet, medios digitales y tecnologías de la información.

El pasado 15 de noviembre, el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) anunció, en un comunicado de prensa, que los participantes en las negociaciones del ACTA habían finalizado el texto del acuerdo. Este borrador, aclara el IMPI, deberá ser revisado por expertos en sus aspectos jurídicos, para luego ser sometido ante las autoridades de los distintos países participantes.

De acuerdo con el IMPI, este nuevo marco internacional contempla “disposiciones novedosas sobre la observancia de los derechos de propiedad intelectual, incluyendo disposiciones de observancia civil, penal, medidas en frontera, y en el ámbito digital; mecanismos sólidos de cooperación entre las partes del ACTA para ayudar en los esfuerzos de observancia, y el establecimiento de mejores prácticas para una efectiva observancia de los derechos de propiedad intelectual”.

Uno de los puntos que llama a la polémica permitiría ordenar a los proveedores de servicios de Internet (ISP) que divulgue información para identificar a un suscriptor cuya cuenta haya sido utilizada para llevar a cabo una infracción. El apartado 4º del artículo 2.18 del borrador del ACTA —que se encuentra en el sitio de Internet del IMPI—, que se refiere al ámbito digital, indica que “cada una de las partes podrá conceder, conforme a sus leyes y reglamentos, a sus autoridades competentes la facultad de ordenar a un proveedor de servicios en línea que divulgue de forma expedita a un titular de derechos, información suficiente para identificar a un suscriptor cuya cuenta se presume fue utilizada para llevar a cabo una infracción, cuando dicho titular de derechos haya presentado una reclamación suficientemente legal de infracción de marcas registradas o  derechos de autor y derechos conexos y donde dicha información se busque para efectos de protección u observancia de  la marca registrada del titular de derechos y los derechos de autor o los derechos conexos. Estos procedimientos deberán ser implementados de forma tal que eviten la creación de barreras para actividades legítimas, incluido el comercio electrónico, y, de forma consistente con la legislación de cada una de las Partes, mantengan los principios fundamentales tales como libertad de expresión, procesos justos y privacidad”. Lo anterior, en conjunto con otras medidas orientadas también a tener un mayor control en el ámbito digital.

Frente a ello, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) se manifestó a favor de mantener la libre concurrencia de los usuarios, la libre innovación y el libre flujo de contenidos en el ámbito digital. El regulador indicó que cualquier instrumento de aplicación a nivel nacional debe considerar varios aspectos, entre los que destacó la posibilidad de que las restricciones afecten el desarrollo de Internet y el despliegue de infraestructura en el país. Además, Cofetel expresó que los ISP deben proveer información únicamente “cuando se haya comprobado plenamente que existe alguna infracción a los derechos de propiedad intelectual, previa interposición de algún recurso legal y la sustentación del procedimiento judicial respectivo en el ámbito de las competencias de las autoridades en México”. Asimismo, destacó que los operadores “no deben constituirse en autoridad para discernir cuándo se está cometiendo una violación a los derechos de propiedad intelectual, y no ejercerán un monitoreo de las actividades de Internet de sus usuarios”, de la misma manera que no tendrán la obligación de analizar el tráfico o los contenidos que sus usuarios cursan en la red.

Uno de los puntos principales es que Cofetel cree que la aplicación de este acuerdo podría impactar negativamente las tasas de penetración y la evolución de Internet en México, impactando negativamente en el objetivo de reducir la brecha digital. De hecho, México posee una tasa de densidad del servicio por debajo de los países que se encuentran participando en el ACTA. El presidente de Cofetel, Mony de Swaan, enviará un oficio con las consideraciones del regulador al secretario de Economía, Bruno Ferrari García de Alba.

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