Se trata de los planes de voz y datos que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) utilizaba para comercializar al iPhone, que estaban definidos según la capacidad de descarga: 500 megas, 1 GB o ilimitada. Pero la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) señaló que la la legislación vigente referida a internet móvil no permite cobrar por descargas, sino por velocidades. Por este motivo, el ICE debió modificar sus planes y ahora todos gozan de descarga de datos de manera ilimitada y se diferencian por la velocidad de bajada. Asimismo, el operador costarricense aclara en su sitio web que la velocidad estará condicionada por la capacidad de sus redes móviles. Según publica el diario La Nación, la Sutel enfatizó que “el desempeño de la velocidad de transferencia de datos se encuentra definido expresamente en el artículo 98 del Reglamento de prestación y calidad de los servicios, siendo que todos los operadores y prestadores de servicios de telecomunicaciones se encuentran en la obligación de cumplirlos”.