La Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) sólo podrá solicitar a los operadores de banda ancha las direcciones IP que puedan estar involucradas en casos de fraudes informáticos o en aquellas situaciones que atenten contra los derechos de menores.
Así quedó establecido en la resolución oficial que hace referencia al pasaje del Reglamento de abonados donde se establece la obligación que tienen los operadores a otorgar “la información relativa a direcciones IP asignadas a sus abonados/clientes/usuarios”.
Según publicó el diario ecuatoriano El Universo, la solicitud de la información la realizará la Supertel, a través de su Dirección Nacional de investigación Especial en Telecomunicaciones.