El Tribunal Constitucional (TC) dispuso que la resolución del Instituto de Telecomunicaciones (Indotel) que autoriza el acceso a los registros de comunicaciones de los ciudadanos sin orden judicial previa, es violatoria del derecho a la intimidad y la privacidad, informó la prensa dominicana.
La decisión se enmarca en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Namphi Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho y Rafael Molina Morillo, presidente del Centro para la Libertad de Expresión contra la decisión del Indotel.
La sentencia del TC tuvo el voto favorable de once jueces y un voto disidente. En el fallo, el TC consideró que los proveedores de servicios deberán conservar los datos de tráfico, conexión y acceso especificados en el artículo 4 del reglamento, a fin de que puedan ser utilizados por los órganos de investigación en la solución de crímenes y delitos de alta tecnología. Además, deberán guardar los datos necesarios para rastrear e identificar el origen de una comunicación.