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Colombia prohíbe la exclusividad de redes internas en edificios
A partir del 18 de enero los operadores de telecomunicaciones y las constructoras ya no podrán establecer contratos de exclusividad para crear redes internas de comunicaciones en los inmuebles, informó el periódico colombiano La República. Ese día entrará en vigencia el Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones (Ritel), creado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y expedido mediante la Resolución CRC 4262 de 2013.El Ritel prevé que los inmuebles a construir cuenten con una regulación técnica y con normas de uso final de la red que permitan albergar a varios operadores. El documento establece criterios técnicos de diseño, construcción y servicio y fija que las redes internas de telecomunicaciones deben soportar diferentes medios de acceso, tanto alámbricos (cobre, coaxial, fibra óptica) como inalámbricos (radiodifusión terrestre, satélite, acceso fijo inalámbrico).Los usuarios de servicios de telecomunicaciones que habiten en inmuebles construidos con anterioridad a la norma podrán pedir que se aplique el nuevo reglamento.La problemática de la exclusividad en edificios es un tema que también está analizando la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) de Chile. El debate —del que también participaron los operadores de ese país— se enmarca en un pedido del Tribunal de la Libre Competencia para terminar con la exclusividad de los servicios de telecomunicaciones en edificios y condominios.