Colombia: Claro y Movistar deberán devolver espectro y activos instalados antes de 1998

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) dio a conocer los alcances de la sentencia C-555 de la Corte Constitucional, emitida en agosto de 2013, que prevé que las inversiones en activos realizadas por los operadores Claro (América Móvil) y Movistar deberán ser devueltas al Estado, una vez que finalicen los contratos de concesión, en marzo de este año.

El Mintic señaló que la sentencia exceptúa los activos instalados después de 1998, y confirma la constitucionalidad de la Ley 422, expedida en ese año. La Ley de Telecomunicaciones introdujo una cláusula en la que se dispuso que los operadores solo deben devolver el espectro pero pueden conservar los bienes usados para ofrecer el servicio, pero esa cláusula no estaba vigente en los contratos firmados en 1994.

Según el fallo judicial, los operadores deberán revertir al Estado el espectro otorgado en 1994 y la infraestructura instalada para la prestación de servicios móviles 2G. Según el Mintic, este espectro corresponde a 25 MHz de un total de 85 MHz que tienen en uso los operadores.

La sentencia de la Corte Constitucional estableció que será el Minitc el encargado de determinar cuáles son los activos a revertir y plantea la posibilidad de que la compensación sea de tipo económica.

Además, reconoce que, con el ánimo de garantizar la continuidad del servicio, los operadores podrán solicitar la renovación de los permisos para la utilización del espectro. Tanto Claro como Movistar ya iniciaron el proceso de renovación de espectro previsto en la ley.

En un comunicado conjunto, Claro y Telefónica Movistar señalaron que entienden que “el espíritu de la Corte es preservar la continuidad de la prestación del servicio” y afirmaron que mantendrán el mismo compromiso con sus clientes.

Asimismo, destacaron que la Corte deja a las partes “el entendimiento de las condiciones contractuales para la aplicación de la reversión” y subrayaron la posibilidad de que la compensación sea económica.

Tanto los operadores como el Mintic aseguraron que el proceso no producirá interrupciones en el servicio.

En septiembre de 2013, el Mintic abrió el proceso para que Claro y Movistar renueven las licencias de espectro por diez años. El decreto contemplaba que, cuando se conozca el texto íntegro de la sentencia C-555, el ministerio establecería los criterios de liquidación de los respectivos contratos.

A fines de agosto del año pasado, la Corte Constitucional decidió que Claro y Movistar deberán devolver al Estado las frecuencias de espectro y la infraestructura empleada para dar servicios de telecomunicaciones, una vez que finalice el contrato.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

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