Asamblea Nacional de Ecuador aprueba Ley Orgánica de Telecomunicaciones

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó finalmente ayer, miércoles 17 de diciembre, el proyecto de Ley Orgánica de Telecomunicaciones, presentada por el Poder Ejecutivo en 2011. Con 93 votos a favor, se aprobó la norma que tiene por objetivo desarrollar el régimen general de telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico, como sectores estratégicos del Estado. En un máximo de 180 días el Presidente de la República deberá expedir el Reglamento General de la ley.

La propuesta establece que el Estado tiene el derecho de administrar, regular y controlar los sectores estratégicos de telecomunicaciones y espectro radioeléctrico, lo cual incluye la potestad para emitir políticas públicas, planes y normas técnicas nacionales.

La iniciativa elimina las actuales Superintendencia de Telecomunicaciones, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones (Senatel) y crea la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones, el espectro radioeléctrico y aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación social que utilicen frecuencias de espectro o instalen y operen redes. Este organismo, a su vez, creará un Consejo Consultivo para la defensa de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones.

Entre otras cuestiones, la norma establece que los abonados, clientes y usuarios de servicios de telecomunicaciones “tienen derecho a disponer y recibir los servicios de telecomunicaciones contratados de forma contínua, regular, eficiente, y de calidad” y  a “escoger con libertad al prestador del servicio, el plan de servicio, así como la modalidad de contratación y equipo”. Además, dispone que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben garantizar el acceso igualitario y no discriminatorio a cualquier persona que requiera sus servicios, respetar los derechos de los usuarios establecidos en la ley y cumplir las regulaciones tarifarias.

La nueva legislación impone alícuotas que deberán pagar los operadores al Estado, “con el objetivo de evitar las distorsiones en el mercado de telecomunicaciones y promover la competencia”. De esta manera, los prestadores privados que concentren mercado —en función del número de abonados o clientes del servicio concesionado—, deberán pagar al Estado un porcentaje de sus ingresos totales de manera anual.

La tabla determina que los operadores que concentren desde el 30 por ciento hasta el 34,99 por ciento de participación de mercado, deberán abonar el 0,5 por ciento de sus ingresos al Estado ecuatoriano. En tanto, aquellos que tengan entre el el 35 por ciento y el 44,99 por ciento del mercado, deberán pagar el uno  por ciento. Entre el 45 por ciento y el 54,99 por ciento, el tres por ciento; del 55 por ciento al 64,99 por ciento, el cinco por ciento; del 65 por ciento al 74,99 por ciento, el siete por ciento; y, del 75 por ciento en adelante, el nueve por ciento.

Adicionalmente, los prestadores de servicios de telecomunicaciones, excepto aquellos que brinden servicios de radiodifusión, pagarán una contribución del uno por ciento de los ingresos totales facturados y percibidos.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

2 Comentarios

  1. Lo que no me queda claro es si la alicuota es adicional al impuesto a las telecomunicaciones o es parte del mismo. Aqui en Republica Dominicana por ejemplo las telecomunicaciones pagan 18% de itbis o EVA, 10% que no recuerdo de que es y 2% de cdt que es la contribucion al desarrollo de las telecomunicaciones. Es decir un 30% generalizado. gran parte de los cuales es transferido directamente al usuario. En Ecuador lo que estoy viendo es que esta alicuota progresiva es directamente a las utilidades. Quien me aclara?
    Jefferson Guerrero
    [email protected]

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