Colombia: CRC revisa regulación con miras al mercado de MVNO

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) puso a consulta pública una propuesta regulatoria en el marco del proyecto de revisión del marco regulatorio para la operación móvil virtual y otras operaciones mayoristas, de la actual Agenda Regulatoria.

De acuerdo con la CRC, la iniciativa busca facilitar la prestación de servicios de comunicaciones móviles bajo la modalidad virtual (MVNO). El proyecto estará disponible para comentarios hasta el viernes tres de julio de 2015.

Entre las principales novedades, la regulación clarifica cuestiones en términos de acceso al recurso de numeración —por ejemplo, la posibilidad de presentar el acuerdo comercial establecido con el proveedor que cuente con un permiso de uso de espectro en vez del permiso de uso del espectro radioeléctrico otorgado por el Ministerio de Telecomunicaciones— y crea mecanismos de control con el objetivo de prevenir el robo de dispositivos celulares.

Pero, además, la reglamentación trae novedades en temas de calidad del servicio. Quizás la más importante es que —si se aprueba el proyecto tal como está redactado— los operadores de redes servicios de telecomunicaciones que tengan acuerdos comerciales como MVNOs deberán suministrar a los usuarios de esos MVNOs “al menos los mismos niveles de calidad de servicio que ofrece y suministra a sus propios usuarios”.

En el caso de los MVNOs, por su condición de operadores virtuales, no tendrán la obligación de elaborar ni reportar los planes de calidad de servicio, ni deberán efectuar las mediciones y reportes de información en materia de calidad, excepto que utilicen en la prestación del servicio “elementos de red propios o diferentes a los del proveedor de red en que se alojan”.

De hecho, se especifica que los MVNOs solo tendrán la obligación de medir y reportar indicadores Ping (tiempo de ida y vuelta), Tasa de datos media FTP y Tasa de datos media HTTP, cuando utilicen un proveedor de conexión internacional de Internet diferente al utilizado por el proveedor de la red móvil en donde se alojan “y siempre y cuando registren una participación igual o superior al 10 por ciento en el número de conexiones a Internet en alguno de los mercados de datos móviles”. Además, “solo tendrán la obligación de medir y reportar los indicadores de Disponibilidad de los SGSN, Porcentaje de fallas en activación de contextos PDP y Porcentaje de contextos PDP caídos, cuando utilicen SGSN propios en la prestación del servicio de Internet. En ningún otro caso los OMV están obligados a medir y reportar estos indicadores.”

Los operadores de telecomunicaciones, además, deberán suministrar a los MVNO sus mapas de cobertura, con el objetivo de que éstos los puedan incluir en su página web, tal como está previsto en la regulación anterior.

En Colombia, tres operadores están ofreciendo servicios de telefonía móvil bajo la modalidad de MVNO: Virgin Mobile, Uff Móvil y Grupo Éxito. De acuerdo con cifras divulgadas por el Ministerio TIC, Virgin Mobile contaba a fines de 2014 con una participación de mercado del 3,6 por ciento, mientras que Uff Móvil detentaba solo el 0,96 por ciento del mercado.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

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