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Mintic pide convocar Tribunal de Arbitramento para decidir sobre reversión de activos de telefonía móvil
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia (Mintic) radicó ante el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá la solicitud de convocatoria de un Tribunal de Arbitramento para solucionar diferencias jurídicas en el proceso de reversión de activos de los contratos de concesión de los operadores Claro y Movistar. La medida busca poner fin a la controversia iniciada en 2013 entre el Mintic y los operadores, antes de la renovación de sus contratos de concesión por un plazo de 10 años.En 2013, un fallo de la Corte Constitucional determinó que los bienes afectados al servicio, adquiridos, construidos e instalados por los operadores móviles corresponden al patrimonio público, por lo que deberán ser devueltos una vez que finalicen los plazos de concesión.En marzo de 2014, el Mintic afirmó que la sentencia exceptúa los activos instalados después de 1998, ya que la Ley de Telecomunicaciones —expedida ese año— introdujo una cláusula en la que se dispuso que los operadores solo deben devolver el espectro, pero pueden conservar los bienes utilizados para ofrecer el servicio. Es decir, la medida solo afecta a los 25 MHz de espectro en la banda de 850 MHz concesionados a Claro y Movistar en el año 1994, y a la infraestructura desplegada entre ese año y 1998. El permiso de uso de esta porción de espectro fue renovado en 2014 por un período de 10 años.La decisión del Mintic de llevar la controversia ante el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá se efectúa luego de años de debates en cerca de 25 mesas de trabajo técnicas y jurídicas, exposiciones ante la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Agencia Nacional de la Defensa del Estado. De hecho, la misma Procuraduría General de la Nación había recomendado en dos oportunidades al Mintic convocar a un Tribunal de Arbitramento para seguir las discusiones.El próximo 28 de julio, explica el Mintic, finaliza el plazo de liquidación de contratos, lo que significa que el tiempo apremia y se deberá llegar a una definición. Cabe destacar que la resolución de la Corte Constitucional de 2013 estipula que la reversión no necesariamente implica una devolución de espectro e infraestructura, sino que abre la posibilidad de determinar una compensación económica por parte de los operadores.