Argentina eleva hasta 140 MHz el tope de acumulación de espectro y aprueba reglas para refarming

El Ministerio de Comunicaciones de Argentina aprobó el reglamento que establece el procedimiento de refarming con compensación económica y uso compartido de frecuencias, que se esperaba tras la publicación del decreto 1340 del 30 de diciembre de 2016. Las reglas buscan apaciguar las aguas, tras un decreto que no terminó de convencer a los principales actores de la industria.

La normativa le da al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) la facultad para determinar la viabilidad del refarming solicitado por un prestador y para imponer obligaciones de cobertura y metas de servicio específicas. La regla establece una compensación económica por la reatribución de frecuencias —precisamente, el valor del espectro era uno de los principales ejes de conflicto—, que se calculará en base al valor unitario de referencia (VUR) que resulte de aplicar la media artimética de los valores finales resultantes de subastas realizadas para cada banda de frecuencia involucrada en el procedimiento de refarming. En caso de no contar con antecedentes en el mercado nacional, se aplicará el valor promedio de mercado obtenido en procesos de subasta según organismos internacionales de referencia como la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), entre otros.

Las nuevas reglas amplían el límite máximo de acumulación de espectro radioeléctrico para servicios de comunicaciones móviles a 140 MHz por cada prestador para cada localidad o área de explotación —el límite anterior era de 60 MHz—. En caso de sociedades que compartan accionistas, “se considerará el espectro asignado a la sociedad, a sus controladas o controlantes, directa o indirectamente, o sujetas a control común o aquellas que posean una participación superior al treinta por ciento de las acciones de otra sociedad si, con tal participación, asume una posición sustancial de influencia en la adopción de las decisiones societarias de la misma”. Con esta redacción, es posible que las decisiones queden en manos de la subjetividad del regulador.

El documento aprobado por el ministerio también insta al Enacom a analizar la factibilidad técnica de las bandas de frecuencia de frecuencias de 450 a 470 MHz, los segmentos de la banda de 698 a 960 MHz, la banda de 2300 a 2400 MHz, la banda de 2500 a 2690 MHz —esta última, con porciones en poder de Cablevisión— para servicios de telefonía móvil. También se dispone la suspensión preventiva de la recepción de trámites de asignación para los servicios actualmente atribuidos en las bandas de 1427 MHz a 1518 MHz y de 3300 MHz a 3600 MHz —porciones que hoy se encuentran en poder de algunas compañías de telefonía móvil—, identificadas por la UIT para el despliegue de sistemas IMT durante la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2015.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

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