El presidente de México, Enrique Peña Nieto, presentó ante la Suprema Corte de Justicia una demanda de controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión sobre derechos de la audiencia. En la controversia se señala como autoridad demandada al Congreso de la Unión.
Además, se reclaman los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) en diciembre. La razón es que contienen “vicios de origen, ya que se basan en leyes que se consideran inconstitucionales”.
El consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, indicó que la controversia constitucional se presenta ahora, porque con la publicación de los Lineamientos se realizó la primera aplicación de los artículos que el Ejecutivo considera inconstitucionales. El consejero precisó que el Ejecutivo prefirió actuar de esa manera, en vez de vetar la totalidad de la ley —en México no existe el veto parcial por parte del Poder Ejecutivo— ya que hubiera retrasado la puesta en marcha de la Reforma Constitucional.
Según el Poder Ejecutivo mexicano, mientras que la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión faculta al Ifetel a emitir reglas sobre derechos de la audiencia, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos no le otorga al Ifetel atribución alguna para regular los derechos de las audiencias. “Los derechos de las audiencias, en términos del Artículo 6º de nuestra Constitución, son parte del derecho humano a la información y, por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la Ley. En caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente de la República mediante el reglamento respectivo”, agregó el consejero Jurídico.
En un comunicado de prensa, el Ifetel ratificó que la legislación le ordenó emitir lineamientos en la materia y celebró la utilización de canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina los alcances del Congreso de la Unión y el Ifetel en la materia.