Costa Rica: si el regulador no aplica cambios, la Política de Uso Justo de Internet Móvil quedará sin efecto

La Sala Constitucional número cuatro de Costa Rica declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo en contra de la Política de Uso Justo de Internet Móvil en Costa Rica e instó a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) a aplicar cambios; si no lo hace la medida quedará sin efecto.

En abril el regulador señaló que Movistar (Telefónica), Claro (América Móvil) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) ya cumplían con la aplicación de la medida por la cual se reduce la velocidad de conexión a 256 Kbps a postpagos cuyo consumo supera el plan de datos contratado.

Entre los argumentos para la aplicación del uso justo, el regulador dijo el cinco por ciento de los clientes consumen entre el 35 por ciento (en el caso de Movistar y Claro) y el 40 por ciento (en el caso de ICE) de los recursos de la red. Asiet defendió la medida indicando que de esta forma “se favorece el acceso equitativo a Internet de todos los costarricenses  y se fortalece la sostenibilidad en la oferta de servicios de banda ancha”.

Pero también hubo voces en contra y se presentaron tres recursos, uno fue acogido por la Justicia, señaló el periódico local El Financiero. Tras encontrar válido el reclamo, la Sala Constitucional instó al regulador a “determinar la velocidad mínima de conexión que servirá de base para la aplicación de la Política, a fin de que el usuario afectado mantenga un acceso funcional a Internet”. También deberá “definir la periodicidad con la que debe actualizar dicha velocidad por tratarse de un concepto dinámico que varía”.

Sutel tendrá que aplicar cambios en un plazo mínimo de cuatro meses y tendrá solo treinta días para fijar cuál será la velocidad mínima funcional previsional, que regirá mientras se adecúa a lo ordenado. Hasta entonces se continuará aplicando la norma sin modificaciones pero, en caso de que el regulador no cumpla con los plazos establecidos, la Política de Uso Justo quedará eliminada.

Entre las razones para acoger el recurso, la Justicia indicó que el acceso a Internet es un derecho fundamental y también una herramienta que potencia el ejercicio de otros derechos fundamentales, tales como la libertad de expresión o la educación y agregó que la reducción de velocidad a un nivel tan bajo vuelve el recurso prácticamente inutilizable y no funcional.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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