En marzo entra en vigencia nuevo reglamento de servicios TIC en Argentina

Los prestadores de servicios TIC en Argentina deberán adecuarse a partir del cinco de marzo próximo al nuevo reglamento de clientes, que incluye cambios en el vencimiento de los saldos, compensaciones por fallas de servicios y constancias ante reclamos. Los operadores, que fueron consultados en la etapa de redacción, se mostraron satisfechos y se preparan para cumplirlo, según indicaron sus autoridades a Clarín.

Antes de entrar en detalles, se explicita que el reglamento no aplicará para quienes contraten planes corporativos o empresariales y que, a partir de su entrada en vigencia, los datos personales no podrán ser utilizados por el prestador para fines diferentes a los autorizados expresamente por el cliente.

Las compañías tendrán que dar información clara y precisa sobre los servicios que comercializan y, en el caso de los operadores móviles, no podrán supeditar la prestación del servicio a la venta simultánea del equipo terminal. Además, uno de los puntos más sobresalientes es que la vigencia de cada carga de crédito “no será inferior a 180 días, sin excepción”.

Cobrar productos o servicios que no estén expresamente incluidos en el contrato estará prohibido pero, además, los prestadores estarán obligados a enviar por escrito en un máximo de tres días hábiles los términos y condiciones de cualquier oferta que el cliente haya aceptado por vía telefónica y que involucre cambios en su plan o en las condiciones de su contrato.

Los reclamos tendrán que ser atendidos en un máximo de 10 días con excepción de aquellos por fallas de servicios, allí el plazo se reduce a 72 horas, y los de facturación (cinco días). En este último caso se determina que si la queja resultara favorable al cliente y este hubiere abonado más que lo que finalmente se determine, “el prestador deberá reintegrar la diferencia correspondiente más intereses, que se calcularán con la misma tasa pautada para los casos en que el cliente incurriera en mora”.

Por último, las empresas deberán cumplir con los estándares de calidad previstos por la ley y, en caso contrario, tendrán que compensar al cliente según los parámetros que se establecerán en un reglamento posterior, con fecha de publicación prevista para abril.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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