El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó los lineamientos de colaboración en materia de seguridad y justicia, que deben cumplir los operadores en México. Los cambios fueron aprobados por unanimidad y corren desde ayer, tres de abril de 2018, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En concreto se derogaron una serie de ítems, bajo el argumento, entre otros, de que “corresponde al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos personales en posesión de las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia, así como vigilar y verificar el cumplimiento de la ley General de Protección de Datos Personales”. También le corresponde emitir disposiciones administrativas de carácter general y los lineamientos para el debido tratamiento de los datos personales.
Ya no es obligación para las empresas que los protocolos a usar para la adquisición, desarrollo o implementación de plataformas electrónicas garanticen la integridad y seguridad de la información transmitida y funcionen sobre la base de estándares internacionales. Tampoco deberán entregar anualmente un informe sobre los protocolos usados, lo que hasta el momento era obligatorio.
Quedó derogado, además, el artículo en cumplimiento del cual el regulador solicitaba periódicamente a los concesionarios el número total de requerimientos de información de localización geográfica en tiempo real y de registro de datos de comunicaciones, desglosando las solicitudes recibidas, entregadas y no entregadas mensualmente.