Bolivia también dispone que no podrán interrumpirse los servicios por falta de pago

El covid-19 y sus consecuencias obligaron al sector a tomar decisiones acordes al contexto. Prácticamente todos los países de la región modificaron reglas con el ojo puesto en mantener a la población comunicada, informada y entretenida. Bolivia ahora tomó el mismo camino que otros, pues acaba de establecer el servicio gratuito Mantengámonos Conectados, que debe ser prestado de forma gratuita por operadores de todos los segmentos.

El Decreto Supremo 4250 es el que la da forma a la nueva obligación que deben asumir los prestadores  locales. Tiene como objeto establecer condiciones y medidas para la continuidad de servicios de telecomunicaciones y postal durante la cuarentena nacional. Establece, en concreto, condiciones mínimas obligatorias que deberán darse a usuarios que tengan dos facturas no canceladas en tiempo y forma o incumplan con el plan pautado de pago.

Desde su vigencia, “pasada la  fecha del segundo incumplimiento el proveedor no debe realizar corte y optará por mantener el plan contratado, previa comunicación al usuario de al menos siete días calendario”. Una vez se active la nueva opción, la empresa tendrá que suspender el plan contratado sin costo y procederá a rehabilitarlo una vez que el cliente pague lo que debe. Atañe tanto al servicio móvil prepago como postpago, telefonía fija, Internet y TV paga.

Las condiciones mínimas que tendrán que mantener las compañías son, para la telefonía fija, al menos 10 minutos al mes o el 10 por ciento de lo contratado según corresponda. Para TV paga la grilla de canales nacionales y cuatro señales internacionales del paquete contratado. Para Internet fijo al menos la velocidad de 1 Mbps o el 10 por ciento de la capacidad contratada. Para servicios prestados a través de la red móvil, en tanto, deberán liberar llamadas ilimitadas a dos números, 10 minutos para comunicaciones con terceros, 500 MB en datos y 10 SMS, además de WhatsApp libre solo para mensajes.

“Los operadores deberán intercambiar la información de los usuarios del mismo servicio que tengan deuda”, indica la normativa y agrega que en caso de cualquier imposibilidad técnica, las firmas tendrán que mantener al usuario su plan contratado.

En paralelo, se difieren las obligaciones de pago al regulador ATT. Esto aplica tanto al Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social (Prontis) y a la Tasa de Fiscalización y Regulación del sector de telecomunicaciones correspondiente a la gestión 2020. La primera podrá entregarse ahora hasta el 15 de octubre y la otra hasta el 10 de diciembre.

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COVID-19

Y SU IMPACTO EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES
DE LATINOAMÉRICA

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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