Durante el VII Encuentro Internacional de Banda Ancha y Cable Módem —en el marco de las Jornadas Internacionales de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) realizadas esta semana en Buenos Aires—, el abogado y profesor de derecho constitucional, Andrés Gil Domínguez, apuntó contra la cláusula de desinversión prevista en la sancionada Ley de servicios audiovisuales.
“El mandato del artículo 161 no se condice con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que expresa, a grandes rasgos, que las licencias existentes que excedan la cantidad estipulada deben venderse de forma compulsiva o serán expropiadas, administradas y concursadas por el Estado. Es aquí donde radica la principal contradicción”, destacó Gil Domínguez, pese a que la ley no establece bajo ningún punto un mecanismo “compulsivo”.
Este punto afecta en particular al Grupo Clarín, uno de los multimedios con mayor concentración de licencias en Argentina.
Por su parte, Carlos Winograd, ex Secretario de Defensa de la Competencia de Argentina, subió la apuesta y aseguró que “la regulación va en contra de la evolución y afecta a los más desposeídos”.