La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de ley de Velocidad de Internet Garantizada en Chile, que obliga a los proveedores de este servicio a informar de forma clara y específica la velocidad mínima de acceso en los planes ofrecidos a los usuarios. La iniciativa culmina así su trámite en el Congreso Nacional.
“Todos los usuarios sabrán exactamente qué están contratando y cuán eficiente es el servicio por el que pagan. Se acaban las letras chicas o la posibilidad de que se prometa una navegación a 100 Mbps cuando en realidad es de 30”, dijo la ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Paola Tapia.
Los proveedores de banda ancha deberán cumplir con una serie de requerimientos técnicos que establecerá la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel). El regulador se hará cargo de generar un reglamento”que abarque todas las variables y condiciones para que esta ley cumpla su propósito, que es salvaguardar los intereses de los usuarios de Internet”.
La normativa establece distintos procedimientos de verificación de cumplimiento de las características prometidas por cada operador y refuerza la validez de mediciones hechas por los propios usuarios ante pedidos de compensación por fallas. En estos casos, serán los operadores los que deberán argumentar con documentos y mediciones que la queja es injustificada porque, en caso contrario, se resolverá a favor del usuario.