El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó una multa impuesta a Telefónica del Perú por incumplimiento de devolución a usuarios por la interrupción de Internet y telefonía fija en 2011. El regulador tomó parcialmente el reclamo del operador, por lo que redujo la sanción económica de 133 a 101 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
En mayo de 2016 la gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) del ente regulador concluyó que Telefónica incurrió en dos infracciones. Primero incumplió la obligación de efectuar devoluciones por interrupción del servicio a algunos de los abonados de los 4,1 millones de servicios afectados y, luego, no obedeció los plazos establecidos para entregar información relacionada con el fallo a la GSF.
Tras el recurso emitido por Telefónica en 2016, Osiptel emitió recientemente su fallo definitivo, que agota cualquier vía adicional de reclamo o revisión. Concluyó, según El Comercio, que corresponde la multa inicial de 50 UIT por el primer incumplimiento y redujo a 51 UIT la sanción para el segundo ítem, que en la etapa inicial era de 83 UIT. El operador deberá pagar, según la valoración de las UIT a 2018, unos 419.150 soles (126.000 dólares).