Aplican multa reducida a Telefónica Chile por conductas anticompetitivas de hace 12 años

La Corte Suprema de Chile condenó a Telefónica a pagar 6,4 millones de dólares por lucro cesante. El fallo es consecuencia de una disputa jurídica con firma chilena OPS Ingeniería Limitada por prácticas anticompetitivas que inició hace doce años. El tiempo transcurrido y una multa reducida en un 55 por ciento sirven de ejemplo para entender por qué las sanciones monetarias no son un método eficiente para corregir a los operadores en Latinoamérica.

En conflicto inició en 2007 cuando la firma contralada por José Luis Zumaeta presentó una demanda contra el operador bajo el argumento de que incrementó 86 por ciento la tarifa de minutos que la compañía le compraba para ofrecer servicios de telefonía a sus clientes. El documento, que se presentó ante el Tribunal de Libre Competencia, agregaba que el aumento de precio solo se aplicó a quienes competían de forma directa con Telefónica.

En primera instancia se ratificó la legalidad de los reclamos del denunciante y se rechazaron los argumento jurídicos presentados por la defensa, señaló el portal local La Tercera. Sin embargo el caso siguió en la justicia porque la filial local del operador español apeló la decisión. Finalmente el máximo tribunal decidió que Telefónica pague un total de 6,4 millones de dólares a OPS Ingeniería Limitada, menos de la mitad frente a los 14 millones de dólares de la sentencia anterior.

La Corte Suprema explicó en su descargo que la baja del monto respondió a que “la sentencia anterior nada dice de cómo y por qué la demandada debe responder sobre el 100 por ciento de los minutos que supuestamente dejó de vender OPS Ingeniería Limitada durante los años 2007 a 2010”. En este contexto, consideró que había un 58 por ciento de esos minutos que no tenían que ver con la demanda en cuestión y por eso redujo el equivalente en dinero.

El abogado y representante de la empresa denunciantes, José Miguel Gana, consideró que la sentencia final es igualmente relevante porque se trata de la indemnización más alta establecida por la Corte Suprema en concepto de perjuicios causados por ilícitos en contra de la libre competencia. Sin embargo, agregó, el monto pautado es “sustancialmente inferior a los beneficios que obtuvo Telefónica por el desarrollo de una conducta anticompetitiva y exclusoria”.

Este caso es uno más que demuestra que las multas no son eficaces, al menos en telecomunicaciones. Se cumplen aquí la mayoría de los ítems que se han señalado como problemas de las sanciones de este tipo: un plazo exagerado entre el hecho y su castigo, una fuerte capacidad de los operadores para hacer frente a las demandas en su contra y una sanción económica baja en cuanto a impacto para un operador de este tipo. En esta medida, por ejemplo, la sanción a Telefónica Chile es igual al 1,3 por ciento de los ingresos locales para el segundo trimestre.

Esta situación, las multas ineficientes, ya son un tema de debate hace tiempo en Latinoamérica y algunos países de la región ya trabajan en métodos alternativos. En México, por ejemplo, se trabaja en que las empresas puedan bajar o dejar sin efecto multas si cesan de la actitud de inmediato y bajo determinadas condiciones. En Brasil, en tanto, se avanza en la idea de una regulación responsiva, con foco en el diálogo, mientras avanzan acuerdos entre operadores y el regulador para cambiar multas por inversiones.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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