Argentina: operadores deberán comercializar equipos especiales para hipoacúsicos

La Cámara de Diputados y Senadores de la Nación sancionó una Ley para obligar a los prestadores de servicio de telefonía móvil a comercializar equipos compatibles con ortesis y prótesis auditivas para personas hipoacúsicas. La norma —que tiene fecha del 27 de noviembre de 2013— fue publicada ayer, siete de enero, en el Boletín Oficial. A partir de ahora, corre un período de 180 días para su reglamentación.

La nueva legislación establece que los equipos preparados para hipoacúsicos  —es decir, que no generan interferencia con ortesis y prótesis auditivas— no deberán comercializarse a precios superiores que los equipos del mismo rango pero sin ésta tecnología. Además, establece que el precio del servicio de telefonía móvil ofrecido mediante este tipo de equipos deberá ser equivalente al prestado mediante equipos móviles convencionales.

La cantidad y tipo de equipos compatibles con ortesis y prótesis auditivas a comercializar por cada prestador será fijado por la reglamentación de la norma. La autoridad de aplicación de la Ley será la Secretaría de Comunicaciones de la Nación (Secom).

En el caso de que los operadores no cumplan con lo dispuesto en la presente norma se podrán aplicar sanciones que van desde el apercibimiento, multa y hasta caducidad de la licencia.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

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