Las empresas proveedoras de servicios virtuales, o conocidas como proveedores over the top (OTT), tendrán que pagar el tres por ciento de sus ingresos por cada operación. La retención se aplicará al momento de la rendición de fondos para su transferencia al exterior.
La nueva resolución fue publicada en la página oficial de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (Agip) de la capital Argentina. La Ordenanza indica que todas las transacciones que se realicen a través del comercio electrónico están obligadas a cumplir con dicha orden. La Agip también notificó a las tarjetas emisoras de los pagos, para que actúen de agentes de retención cuando intervengan en la contratación de servicios que ofrecen los OTTs.
Este impuesto se aplicará a las empresas que ofrecen servicios de suscripción online a películas, tiendas de videojuegos, y a los juegos de Facebook, entre otras. El régimen también incluye la suscripción para comprar y alquilar contenidos digitales, tales como música, juegos, videos o similares.