Chile: se aprobó el reglamento y los operadores deberán garantizar velocidad mínima de acceso a Internet

La Contraloría General de la República tomó razón del reglamento de la ley de velocidad mínima garantizada de acceso a Internet en Chile, un proyecto que tenía luz verde del congreso chileno desde hace tres años. Establece que los operadores tendrán que asegurar del 90 por ciento al 98 por ciento de la velocidad de acceso de Internet fijo y móvil contratada por los usuarios. Esta semana se publicará en el Diario Oficial y luego se abrirá espacio para definiciones técnicas.

Los porcentajes mínimos que debe cumplir el operador serán los siguientes: en horario alto el 95 por ciento de la velocidad contratada para Internet fijo y el 90 por ciento para Internet inalámbrico mientras que en horario bajo el mínimo será de 98 por ciento para Internet fijo y de 93 por ciento para el segmento móvil. En caso de incumplimientos por parte de las empresas, los clientes podrán acceder a descuentos puntuales, semi-permanentes o incluso a la adecuación del plan contratado, si aceptara tal medida.

El reglamento establece la creación de un Organismo Técnico Independiente (OTI), que se elegirá por licitación. Será el encargado de realizar mediciones periódicas que permitan verificar si, en promedio, las empresas están entregando o no el servicio comprometido. A su vez, la información será usada para realizar las estadísticas semestrales y rankings de calidad de servicio. En paralelo, se pondrá a disposición de usuarios una aplicación para que puedan medir la velocidad de conexión y usarlo como evidencia en eventuales reclamos.

Adicionalmente, se dictaminó que los planes deberán contemplar un mínimo de 5 megas para móviles y de 25 megas para fijos para que puedan promocionarse como de banda ancha. Estos estándares operarán durante el primer año de funcionamiento del OTI, ya que a partir del segundo año la definición de banda ancha corresponderá al promedio de velocidad nacional medido por el mismo aumentado en un 10 por ciento y será anualmente actualizado, señaló la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel) en un comunicado.

“El reglamento es una herramienta eficaz y muy importante para que los usuarios puedan hacer valer sus derechos, generando más claridad sobre los servicios que contratan y la información en cuento a las condiciones comerciales y técnicas que recibirán. Estos avances regulatorios han puesto a los usuarios en el centro de las políticas públicas de telecomunicaciones, estableciendo cambios normativos que promueven la competencia, menores tarifas y una mayor calidad de servicios”, concluyó la titular de la cartera, Pamela Gidi.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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