Paraguay discute un artículo de la Ley de Servicios de Confianza: el de la seguridad de las transacciones digitales

El proyecto de “Ley de los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos” de Paraguay busca dotar “un marco coherente” y “un elevado nivel de seguridad y de certidumbre jurídica” en los sistemas de pago remoto. Y todo avanzaba viento en popa hasta que se modificó uno de sus 105 artículos y generó todo tipo de debates, que aún hoy calientan el clima local.

Se tata de la popularmente conocida Ley de Servicios de Confianza y cuyo artículo 103, que aborda los estándares y las exigencias de seguridad establecidas para las operaciones financieras electrónicas, fue recientemente modificado por la Cámara de Senadores local y generó mucho malestar.

La letra reza que “la identificación electrónica deberá utilizar medios de identificación electrónica emitidos por un sistema de identificación electrónica con un alto nivel de seguridad”, y el propio Banco Central local lo aprobó tras sugerir que se instrumentara mediante una reglamentación “acorde” y por una autoridad “competente”.

Pedro Mancuello, viceministro del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), por ejemplo, dijo al portal local ABC que la iniciativa busca bancarizar a los sectores más vulnerables y subrayó su interés acerca de la existencia de un marco legal que garantice la seguridad de los usuarios en las transacciones electrónicas.

Y en líneas generales, todos concuerdan con ese objetivo general de bancarizar a poco más de la mitad de la población que no lo está, pero es también una mayoría de voces las que cuestionan la introducción de la figura del “Prestador de Servicios de Confianza”, es decir, un nuevo intermediario para la validación de los datos de titulares de billeteras electrónicas. Y suena casi al unísono la preferencia de articular con un actor conocido, como lo es el Banco Central de Paraguay.

“Estamos en una microeconomía que ya tiene muchas dificultades por la pandemia y no podemos sumar una más. En lugar de fortalecer a la sociedad, va a caer mucho aquello que hoy se mueve económicamente”, dijo Kattya González, diputada del Partido Encuentro Nacional (PEN), en declaraciones al portal ABC sobre la nueva versión de la Ley, y recordó que “el 29 por ciento de la población se mueve con billeteras electrónicas”.

“La versión impone una intervención que paralizará su funcionamiento y, luego, complicará y encarecerá su uso”, expuso a su vez, la Cámara de Operadores Móviles de Paraguay (COM)  en un comunicado.

Integrada por las empresas Claro, Personal, Tigo y Vox, la COM difundió un comunicado en el que advirtió que con esta nueva versión del artículo 103, la Ley “significará la paralización inmediata del uso de más de cinco millones de billeteras electrónicas” que hoy están habilitadas y en funcionamiento.

Se trataría, según los cálculos de la COM, que dos de cada tres paraguayos que integran la población económicamente activa “pierdan una herramienta práctica, segura, contable y económica para realizar pagos y transferencias de dinero”, al tiempo que recordó que las billeteras electrónicas están reguladas por las normativas del Banco Central local y por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), cuyas operaciones no superan los tres salarios mínimos mensuales y cuyo monto promedio oscila los 25 dólares (150.000 guaraníes).

A su vez, la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (Asiet) también intervino en este asunto y sostuvo que el cambio introducido “podría frenar el uso de billeteras móviles, lastrando los avances de la inclusión financiera y la economía digital”.

En su comunicado, Asiet valoró “loable” la iniciativa de dotar de seguridad a las transacciones electrónicas y los actos jurídicos realizados a través de Internet; remarcó que los operadores de servicios de comunicación móviles “están comprometidos con la protección de los derechos de los usuarios y seguridad de sus datos” y subrayó que este tipo de herramientas “promueven” la inclusión financiera de la población más vulnerable o rural.

Pero la asociación empresaria también repasó indicadores regionales del Banco Mundial, que indican que sólo el 39 por ciento de la población local está bancarizada y que, por tanto, el nuevo artículo “podría ser un freno a la necesaria expansión de que este tipo de servicios”.

En tal sentido, la Asiet recomendó que dicho nivel de seguridad transaccional sea establecido desde el Banco Central porque, de lo contrario, “se introduciría una tercera entidad como certificadora y eso provocaría un freno en el uso, el encarecimiento del servicio y un perjuicio directo para usuarios y prestadores”.

Noelia Tellez Tejada se desempeña como Editora Adjunta en TeleSemana.com. Periodista y analista, acredita más de 20 años de labor ininterrumpida en medios gráficos, digitales y radiales. Está especializada en tecnología, negocios y telecomunicaciones. Su correo es [email protected]

Recuperar contraseña

Por favor ingrese su nombre de usuario o dirección de correo electrónico. Recibirá un enlace para crear una nueva contraseña por correo electrónico.