Ecuador aprobó la reforma al reglamento general de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones

Ecuador avanza en la profundización de su estrategia digital y la novedad de este miércoles gira en torno a la aprobación del decreto 126, con el que se reformó el reglamento general de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, vigente desde febrero de 2015. Así, Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, avanza sobre los instrumentos reglamentarios, y lo suma a la reducción arancelaria a insumos informáticos, difundida ayer.

Se trata de una reforma –que puede descargarse de aquí– que a lo largo de sus 18 artículos repasa y modifica una legislación original porque, según admite su propio considerando, la letra quedó obsoleta, fue emparchada y porque “es una necesidad imperiosa impulsar la adopción de nuevas tecnologías de comunicación e información, especialmente necesarias en el contexto de distanciamiento social que exige la pandemia por covid-19”.

Y la cuestión tributaria, tantas veces reclamada por los operadores fue escuchada dado que, entre las modificaciones, se redefinieron los “ingresos totales facturados y percibidos”, es decir, aquellos que sirven para estimar las obligaciones regulatorias o servicio universal pero descontando ingresos (como la venta de terminales, de tarjetas SIM, de activos no afectados a la concesión, de ingresos financieros, u otros); y establece que dicho pago no podrá superar el 2,5 por ciento de los ingresos facturados.

La reforma también incorporó que el pago de contribución de servicio universal, establecido en el 1 por ciento, se podrá cancelar “total o parcialmente” mediante la concreción de sus planes de inversiones anuales, el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el regulador o por la prestación de servicios en zonas vulnerables.

Por ello, entre los considerandos de la reforma también se advirtió que “es necesario incentivar el crecimiento del sector de las telecomunicaciones para promover la conectividad, especialmente en los sectores rurales, promoviendo la inversión y el servicio universal”.

La noticia de esta reforma generó un eco inmediato y la red social Twitter fue el epicentro de muchos comentarios. Un buen ejemplo fue el expuesto por la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones (Asetel) en su cuenta oficial: “Esta reforma es un paso trascendental para transitar hacia un modelo de desarrollo basado en #conectividad y el cierre de la brecha digital”.

Y cuyo hilo continuó: “Las reformas dan una clara señal de #SeguridadJurídica y de compromiso conjunto de #conectividad con las áreas donde estamos por llegar con servicios de calidad para un #EcuadorConectado. #Conectividadparatodos”.

Pero volviendo a la nueva letra, cabe señalar que el tema de las definiciones es importante porque incorpora nociones innovadoras como “derechos de otorgamiento de título habilitante para la prestación de servicios de telecomunicaciones” o para “uso y explotación del espectro”; al igual que “línea de servicio móvil avanzado” y “el cálculo de concentración de mercado”, entre otros.

Inclusive, faculta al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información a reglamentar la ejecución de proyectos y de programas de servicio universal u otras obligaciones de los prestadores; y obliga a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), nacida al calor de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, a mantener actualizada la nómina técnica y derogar aquellas disposiciones o normativas que fueran obsoletas o redundantes.

Noelia Tellez Tejada se desempeña como Editora Adjunta en TeleSemana.com. Periodista y analista, acredita más de 20 años de labor ininterrumpida en medios gráficos, digitales y radiales. Está especializada en tecnología, negocios y telecomunicaciones. Su correo es [email protected]

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