La Corte Suprema de México blinda el despliegue de infraestructura y pone un límite a los impuestos municipales

Ningún municipio mexicano podrá imponer tasas o aranceles específicos a la infraestructura de telecomunicaciones bajo ningún tipo de figura, ni a su construcción ni al uso del suelo. Así lo dispuso una vez más, aunque ahora con un criterio más amplio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México que declaró inválida una norma mediante la cual un municipio quería cobrar tributos a las empresas de telecomunicaciones por instalar antenas dentro de su área de influencia.

El tribunal de Justicia falló a favor de una Controversia Constitucional impulsada por el Poder Ejecutivo contra el Estado de Guerrero y su Congreso local, que pretendían aplicar tributos al despliegue de infraestructura. De manera específica, se trata de un cobro anual por el derecho de licencia para instalar y operar antenas de telefonía y medios de comunicación. Mediante esa norma se cobraba una tarifa equivalente a 250 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para estructuras de hasta 10 metros de altura, a lo que se sumaba un adicional de 5 UMA por cada metro excedente.

Cada UMA tiene un costo de 117,31 pesos mexicanos por día (unos 6,69 dólares), de acuerdo al monto establecido para 2026. Es decir que, bajo el esquema municipal, cada UMA ascendía a 29.327,5 pesos mexicanos (1.673,65 dólares), lo que llevaba a un costo anual por antena de 29.914,05 pesos mexicanos (1.708 dólares) para una antena de 11 metros de altura.

En una resolución que se extiende a lo largo de 58 páginas y que puede leerse desde aquí, la SCJN declaró “la invalidez del artículo 59, fracciones I y II, de la Ley Número 386 de Ingresos para el Municipio de San Marcos, Estado de Guerrero, para el Ejercicio Fiscal 2026, publicada en el Periódico Oficial local el veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, lo cual surtirá efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guerrero, por las razones y en los términos precisados en los apartados VI y VII de esta sentencia”.

Para llegar a esta conclusión, el órgano judicial fundamentó que el pago de ese canon excedía las facultades que son exclusivas del ámbito federal y sobre las que solo el Congreso puede legislar. También advirtió que la decisión del municipio cuestionado no era una licencia genérica sino un tributo específico y recurrente sobre la infraestructura de telecomunicaciones como también sobre su operación y mantenimiento.

No es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre el tema.  Ya lo había hecho en 2024 cuando la SCJN eliminó un tributo similar que había impuesto el municipio de Cuatro Ciénagas, en Coahuita, a través de la resolución 72/2024.

El Estado de Guerrero se defendió, y argumentó a su favor que es atribución municipal cobrar por el desarrollo urbano y el uso del suelo. Pero la Corte le respondió que esa atribución tiene un límite y que no puede estar por encima de la jurisdicción federal.

Por ese motivo, en esta oportunidad la Corte fue más determinante en su pronunciamiento y estableció un criterio de alcance nacional, con el objetivo de que estas situaciones no vuelvan a repetirse. Esto habilitará a las operadoras de telecomunicaciones a pronunciarse en la Justicia contra aquellos municipios que quieran aplicar tributos adicionales al despliegue de infraestructura.

Y recuerda, en este sentido, que “el legislador federal estableció un esquema de coordinación y facilitación del desarrollo de infraestructura de telecomunicaciones, en el que las autoridades locales participan de manera colaborativa para favorecer su instalación y expansión, sin que ello implique la posibilidad de establecer regímenes autónomos de autorización o cargas económicas específicas que condicionen su despliegue u operación”.

Todo indica que la expectativa de ahora en más es que no surjan nuevos obstáculos impositivos al despliegue de infraestructura, factor común que se repite en casi todos los países de América Latina.

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Andrea Catalano es la Editora en Jefe de TeleSemana.com. Andrea es periodista y licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Cuyo. Desde hace más de 20 años sigue al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones y su impacto en la economía y la sociedad. A lo largo de su carrera se ha desempeñado en prensa escrita, on line, radio y televisión.

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