Ecuador: operadores inician el largo camino de cobrar facturas adeudadas a los usuarios

El recientemente publicado reglamento de la ley de apoyo humanitario por la crisis sanitaria en Ecuador marca que la “suspensión temporal de los cortes de servicio por falta de pago se mantendrá vigente hasta 60 días después de la finalización del Estado de excepción”. Ese plazo se cumplirá a mediados de noviembre pero, con otras reglas similares que sí cesaron su vigencia, los operadores empezaron a comunicarse con los clientes con deudas.

Semanas atrás la Asociación Ecuatoriana de Proveedores de Servicios de Internet (Aeprovi) se quejó de la prohibición de corte bajo el argumento de que ponía “en peligro la operación y la liquidez de las empresas”. Indicaron que afectaba el 50 por ciento de la recaudación mensual y, en consecuencia, ponía en riesgo la conectividad. También se quejaron de que aún en este contexto las compañías seguían pagando impuestos y cargas sobre ingresos que no percibían.

El portal local El Universo confirmó con distintos usuarios locales que empresas del sector ya advirtieron por mensajes de texto a quienes mantienen algún tipo de deuda para que regularicen su situación. Varios países de la región incorporaron medidas similares a las que corren en Ecuador y ya en algunos casos, como Perú, se volvió a la situación habitual, permitiendo a operadores efectuar los cortes en determinadas situaciones.

El reglamento de la ley de apoyo humanitario de Ecuador también indica que la obligación de las empresas a mantener igual servicio a clientes con mora vence una vez terminada la vigencia del decreto de emergencia sanitaria, que quedó sin efecto el 14 de septiembre pasado. En esos casos, la normativa obliga a las firmas a aplicar un esquema diferimiento automático o a llegar a otro acuerdo de pago con el cliente si éste valida esa opción.

La reglamentación también detalló en el primer apartado del artículo quinto que “la prohibición de incremento de costos en servicios básicos desde la vigencia del estado de excepción y hasta un año después” corresponden a los conceptos de cargo básico mensual o a los precios unitarios del servicio. Se excluye de esta medida los incrementos por aumento de consumo o por intereses moratorios no incluidos en la ley.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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