La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) anunció que Venezuela ya tiene un nuevo reglamento sobre el Servicio Universal de Telecomunicaciones y su fondo, con el ojo puesto en “dinamizar el fondo y llevar servicios a los lugares más desasistidos del país”. La reforma, que se conoce en tiempos en los que se discute el uso de fondos sectoriales, surge de “arduos meses de trabajo con un equipo multidisciplinario” y atravesó un proceso de consulta pública, dijo el regulador local tras la publicación del documento en la Gaceta Oficial.
El objetivo central del nuevo reglamento es “regular la asignación y el subsidio” para establecer la prestación de servicios en condiciones económicas asequibles, con estándares mínimos de calidad, penetración y que garantizando el acceso a servicios, señala el primer artículo. Luego, se deja claro que corresponde a Conatel publicar las áreas geográficas y servicios susceptibles a la aplicación de la normativa.
Habrá tres formas de llevar a cabo un proyecto de este tipo: por asignación directa; por iniciativa, cuando un interesado requiera el subsidio atendiendo a la lista de áreas geográficas y servicios previamente publicados, o por convocatoria, cuando sea Conatel quien haga un llamado público y posteriormente lo asigne al operador que mejor califique. En este último caso, ante dos ofertas iguales se decidirá por el oferente que “por su capacidad técnica y financiera (…) satisfaga de la manera más adecuada el interés público”.
El artículo 11 señala expresamente que los precios a ser ofrecidos deberán ser previamente autorizados por la autoridad competente al tiempo que “las tarifas máximas a ser cobradas por la prestación de los servicios corresponderán al precio vigente con un descuento de hasta 30 por ciento”. La duración de las obligaciones, en tanto, no podrán ser inferiores a cinco años.
Por último, el reglamento señala que el monto del subsidio para el cumplimiento de obligaciones se establecerá mediante una metodología a cargo de Conatel, que incluirá entre una serie de criterios: ingresos asociados a la prestación, costos relacionados y no con el despliegue de infraestructura y beneficios no monetarios calculados de un mayor reconocimiento de la marca, ventajas comerciales e incremento de la reputación.