La pandemia y sus consecuencias obligaron a los países a tomar medidas particulares. En el sector los reguladores pusieron manos a la obra para, junto con los operadores, garantizar que los usuarios puedan informarse, comunicarse y entretenerse. Uno de los pedidos más efusivos por parte de los prestadores por la contingencia fue la entrega de espectro adicional. En Perú eso está ahora un paso más cerca de la realidad, pues se dio facultad al ministerio sectorial a que proceda a la asignación temporal del activo.
El decreto firmado en las últimas horas establece como necesidad “garantizar la prestación de servicios públicos portadores, finales y de valor añadido de telecomunicaciones y la conectividad de usuarios finales e instituciones de servicios esenciales, en el marco de la emergencia sanitaria”. Advierte antes que las telecomunicaciones son un sector clave para la población y también que son fundamentales para apoyar conceptos como telesalud, educación y trabajo remoto.
Por eso, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) queda facultado para dar espectro temporal a los concesionarios siempre que exista solicitud de las partes fundamentada en la posibilidad de que exista peligro potencial en la prestación de servicios. Se tomarán en cuenta para la aprobación factores técnicos, económicos, disponibilidad de bandas del solicitante y topes vigentes. Se darán por un plazo de seis meses, prorrogables por igual tiempo por única vez.
Entre los pormenores, la normativa indica que el activo otorgado en estas condiciones no podrá ser transferido ni arrendado y que no caben para ellos disposiciones por incumplimiento de metas de uso de espectro. También queda sin efecto por esta ocasión el pago del canon por el acceso a porciones adicionales de espectro. La autoridad también queda autorizada, en tanto, a regular la compartición de infraestructura y generar obligaciones de acceso en un establecimiento de salud o institución educativa en cada distrito que sea parte del acuerdo con el operador.