Chile: la Corte Suprema ratificó topes dinámicos de espectro con pequeños cambios sobre el proyecto original

La Corte Suprema dio a conocer su sentencia sobre los topes dinámicos de espectro en Chile. Definió pequeños cambios respecto de la propuesta original considerando que “si bien las condiciones de competencia han mejorado en los últimos años, persisten altos niveles de concentración de las empresas vinculantes en la consulta”. La propuesta final sienta las bases y pone condiciones para la próxima subasta de espectro, que pondrá en juego porciones compatibles con 5G.

Acogiendo las quejas presentadas por Netline Mobile y la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), los límites quedan establecidos de la siguiente forma: 32 por ciento en bandas bajas; 30 por ciento en bandas medias/bajas; 30 por ciento en bandas media y 25 por ciento en bandas altas. Para la macro banda media/alta, en tanto, no se fijarán límites. Los máximos son por operador, mientras que no habrá en ningún caso mínimos obligatorios, repasa la sentencia.

Se explicaron los cambios efectuados. Originalmente, por ejemplo, se había establecido un máximo de 35 por ciento para bandas bajas pero se redujo en tres puntos porcentuales considerando que la propuesta inicial era incompatible con la premisa de que existan cuatro operadores móviles reales competitivos y que ninguno de ellos se vea privado de contar con asignaciones de espectro en cada una de las macro bandas definidas. Se mantuvo la decisión anterior en algunos de los segmentos, como en la determinación de no regular bandas medias altas.

La autoridad expuso que “los incumbentes Entel, Movistar y Claro incumplen hoy el límite de tenencia vigente —más allá de las propuestas de restitución aún no materializadas— por lo que la desregulación en ningún caso sería eficaz para asegurar el buen comportamiento de los agentes”. En contrapunto, agrega que no existe correlato entre distribución de espectro y mercado alcanzado: VTR tiene un siete por ciento del espectro y una participación del 0,9 por ciento y Wom el 12 por ciento y una cuota de casi el 17 por ciento.

A pesar de las pequeñas modificaciones sobre el documento original, la subsecretaria sectorial Pamela Gidi celebró que se mantengan límites dinámicos. Sobre este punto, la Corte indicó que la decisión —caps dinámicos y porcentuales— es adecuada porque si fueran fijos deberían ser revisados cada vez que se disponga agregar nuevas porciones, por lo que la opción elegida “simplifica la labor del regulador y evita ejercicios interpretativos acomodados a intereses individuales”.

La Corte Suprema estableció otras obligaciones, igual de importantes. Entre ellas que los incumbentes con cobertura nacional deberán dar roaming nacional a los prestadores que aún están en etapa de despliegue y tendrán que mantener facilidades para el hospedaje de operadores móviles virtuales (MVNOs, por sus siglas en inglés). Estos compromisos deberán ser monitoreados por la Subsecretaria de Telecomunicaciones y la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

Otro punto relevante es que en las próximas subastas cada asignatario tendrá que asumir el compromiso de completar un plan de uso efectivo (real) y eficiente (óptimo) de las frecuencias, independiente del proyecto técnico que se verifica con las obras. El plan tendrá que ser revisado por la Subtel y quien no lo ejecute estará obligado a poner el espectro asignado a disposición de terceros. Podrá ejecutarlo por cesión,  en mecanismos no discriminatorios, o bien devolviéndolo al Estado.

Por tanto, la sentencia indica que “antes de un concurso (…) para la prestación de un nuevo servicio o tecnología, la autoridad deberá analizar si los operadores incumbentes pueden razonablemente ofrecerlo en sus frecuencias preexistentes de un modo inmediato o previa optimización de tales redes en las frecuencias disponibles en un plazo y costos razonables. De ser así, deberá privilegiarse la adjudicación a entrantes u operadores de menor tamaño”. Este punto, sin dudas, generará un nuevo debate en las oficinas del regulador local.

Así las cosas, y aunque se abre la posibilidad de nuevos idas y vueltas, Chile logra dar un cierre a las cuestiones judiciales que aparecían como barreras en el camino hacia 5G. Ya resolvió la devolución de espectro en 700 MHz, aunque como dice el fallo todavía está pendiente su concreción; cerró el conflicto por el congelamiento en la banda de 3,5 GHz y ahora da por terminado el tema de los límites de espectro. ¿Podrá lanzarse comercialmente 5G en los próximos meses? ¿Cómo reaccionarán los operadores a sus nuevas obligaciones? Las respuestas a estas preguntas marcarán la agenda sectorial local en lo que resta del año.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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