Perú agudiza la fiscalización en la prestación de servicios de telecomunicaciones

Se publicó en el Diario Oficial de Perú el nuevo reglamento de fiscalización y sanción en el sector de las comunicaciones con el objetivo de “garantizar el correcto funcionamiento de los servicios”. En concreto, el documento unifica criterios y servirá como instrumento para conocer reglas y procedimientos aplicables desde ahora en el país. También otorga facultades al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para dictar medidas inmediatas con el ojo puesto en corregir posibles interferencias que afecten los servicios recibidos por los usuarios.

“Antes se carecía de mecanismos coercitivos para hacer cumplir los mandatos de la autoridad. Con esta norma, se ha tipificado el incumplimiento de las medidas correctivas y cautelares”, dijo la cartera en un comunicado. La medida toma, entre otras, la recomendación de la OCDE, que señala que el desafío de los gobiernos es formular y aplicar estrategias de aplicación de la ley que produzcan los mejores resultados posibles al lograr los niveles más altos de cumplimiento y mantener, al mismo tiempo, los costos y cargas administrativas tan bajas como sea posible.Se considera la acción de fiscalizar como todo acto de investigación, supervisión, monitoreo, control o inspección que se encuentre dirigida a verificar el cumplimiento de obligaciones y prohibiciones a los administrados. Estás podrán ser en gabinete, desde las instalaciones del MTC, o bien de campo, tanto de manera presencial como remota. Las de campo podrán ser con notificación previa o bien inopinada, cuando la autoridad lo considere necesario. El afectado tiene la obligación de ofrecer facilidades al fiscalizador en cuestiones como acceso a instalaciones o papeles vinculados a la operación.

El fiscalizador está en condiciones de ordenar el cese inmediato de la conducta de infracción o bien del total de las operaciones y de proceder al desmontaje o inmovilización de los equipos de telecomunicaciones. El plazo para resolver el proceso sancionador es de nueve meses a partir de notificado al imputado, aunque puede ser ampliado a un año. Hay cuatro tipos de sanciones administrativas: amonestación, multa, cancelación parcial o total de la concesión o autorización que tuviera el infractor. Ellas serán proporcionales al incumplimiento y sus consecuencias.

En el artículo 41 aparece una idea que ya fue esgrimida por otras autoridades de la región, que son las “condiciones atenuantes de responsabilidad”. Esto no llama la atención considerando que países como Brasil y México han puesto en consideración la idea de fomentar el diálogo con los operadores antes de multarlos ya que las sanciones económicas no han sido muy útiles para evitar infracciones en esta parte del mundo. Perú propone bajar a la mitad la multa si el infractor reconoce su responsabilidad antes de los 10 días posteriores a la imputación. Si lo hace un poco después se le descontará un 25 por ciento, misma baja que aplica si se acredita subsanación voluntaria de la infracción.

Así como antes apuntó específicamente sobre las radios ilegales que funcionaban en el país, Perú pone ahora en marcha un reglamento que pretende sumar herramientas para proteger el uso del espectro.  “La planificación estratégica, con enfoque de riesgo, también permitirá priorizar las intervenciones de las autoridad hacia incumplimientos que generan prejuicios a ciudadanos”, dijo al respecto la viceministra de Comunicaciones, Virginia Nakagawa. El objetivo final de terminar con la ilegalidad resulta algo utópico pero crear herramientas de combate parece una buena forma de afrontarlo.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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