El Salvador declara inconstitucional impuesto transitorio para telecomunicaciones justo antes de que deje de estar vigente

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador resolvió que varios artículos de la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, que gravaba con cinco por ciento la adquisición de servicios y dispositivos de telecomunicaciones, son inconstitucionales. Lo curioso es que la normativa, que rige hace cinco años,  iba a dejar de estar vigente en los próximos días. Hay algo más: no es retroactivo, es decir que lo que se pagó no será devuelto.

La ley entró en vigencia en noviembre de 2015 con el objeto de establecer una contribución especial de cinco por ciento para la seguridad ciudadana. Recaía específicamente sobre la adquisición y/o utilización de servicios de telecomunicaciones en todas sus modalidades. El argumento era que “en los últimos años se produjo un serio agravamiento en el ámbito de la criminalidad” y “las finanzas públicas no son suficientes para contribuir a sufragar la ejecución de las acciones necesarias para combatirla”.

A solo 10 días que la ley deje de tener validez, la Sala declaró la incostitucionalidad, un pedido que había sido acompañado por los operadores del sector desde el momento exacto de su promulgación. Ahora los magistrados entendieron que “el tributo creado en la referida ley es un impuesto y no una contribución especial”, por lo que esto significa una doble tributación, además de otros argumentos, como que la seguridad pública es una obligación del Estado, replicó el portal La Prensa Gráfica.

Nicolás Larocca es Técnico Superior en Periodismo (TEA) y Locutor Integral (ISER). Durante su carrera profesional se desempeñó en diferentes medios radiales, digitales y en gráfica como productor de contenidos, redactor y analista. Tiene conocimientos en comunicación interna, deportes, bancos y seguros, y desde 2013 se especializa en el mercado de las telecomunicaciones a escala regional.

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