Argentina: decreto que declara servicio público a las TICs abre frentes en precios, inversión, brecha digital y seguridad jurídica

La noticia cayó de sorpresa, un viernes a última hora de la noche. En el boletín oficial se publicó un nuevo decreto de necesidad y urgencia (DNU) —uno más, a la lista de decretos de la regulación de telecomunicaciones argentina— que recupera algunos de los conceptos de la ley Argentina Digital, que se aprobó en el Congreso como una forma de dar un marco a la convergencia pero que, finalmente, no tuvo los efectos deseados porque se quedaba corta y, porque fue modificada por la gestión anterior y ahora, nuevamente por esta gestión.

El DNU 690/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández y sus ministros, recupera algunos temas que estaban en esa ley Argentina Digital. Por ejemplo, la concepción de las TICs como “servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia”. De hecho, el artículo parece copiado de la versión original de la ley. También recupera la potestad de la autoridad de aplicación, el ahora Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), de poder tener injerencia en los precios de los servicios de telecomunicaciones. El segundo artículo del DNU también es una cuasi copia de lo que decía aquella ley Argentina Digital antes de ser derogado. Sin embargo, existe una palabra que se modifica y que pone en alerta a la industria: la sustitución de “podrá ser” por “será”.

El DNU deja en facultades de las empresas poder fijar los precios de sus servicios, pero inmediatamente después señala que “los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta”. En la ley aprobada en el Congreso, la diferencia era que ese será era, en realidad, un “podrá ser”.

Paralelamente, el decreto suspende los aumentos previstos para este año, en una estrategia de contener la inflación y ayudar a los más desfavorecidos en momentos de pandemia.

El tema de la regulación de precios es el punto de mayor conflicto de este DNU, ya que las empresas no quieren perder la libertad de fijar los precios en competencia. Además, es un arma de doble filo a la inversión porque, si el regulador realiza una mala gestión en la regulación de precios los operadores podrían tener todavía mayor presión a sus márgenes, que no parecen estar tampoco en su mejor momento. Especialmente, este es el caso de algunos operadores —fundamentalmente pymes—, que con la pandemia han tenido que soportar problemas de morosidad.

“La GSMA manifiesta que medidas que modifican las estructuras de precios en mercados en competencia con una proporción significativa de insumos dolarizados resultan regresivas en materia de inversión en infraestructura digital y nuevas tecnologías”, indicó la organización en un comunicado. “Las medidas dispuestas en el DNU van en detrimento de la sostenibilidad de las inversiones, justamente cuando el escenario post pandemia nos desafía a construir sociedades y economías más resilientes a través de más y mejor conectividad”, agrega. Otros actores, desde diferentes posiciones, coincidieron en que a regulación de precios puede impactar negativamente en el mercado.

Con un interés de aquietar las aguas —que están ya bastante revueltas—, el director del Enacom, Claudio Ambrosini, señaló que lo que, en realidad, la tarea del regulador será solo establecer un tope de aumento, quizás tomando como inspiración el mecanismo que se utiliza actualmente para los servicios de medicina prepaga.

Ambrosini también señaló en diálogo con el periódico Infobae que “trabajará con todos los sectores para “desarrollar un mecanismo equitativo para usuarios y empresas” y aseguró que el plan es que las empresas “no pierdan plata”.Es que la regulación que ahora debe hacer el Enacom es la clave de este DNU. Enacom deberá especificar en su regulación los alcances de la declaración de las TICs como servicio público —por ejemplo, si esto incluye a la TV paga como decía el tuit original del Presidente de la Nación— y, fundamentalmente, cuáles serán los mecanismos para regular los precios de los servicios.

Es sabido que declarar que un servicio es público no significa nada en la práctica si es que las políticas no acompañan. La experiencia con otros servicios públicos como agua, gas y luz, no obstante, muestran una ineficiencia del Estado para hacerse cargo de que el servicio llegue con calidad para todos los habitantes. No obstante, hay que tener en cuenta que ninguno de estos servicios se ofrece en competencia en Argentina.

Tampoco el hecho que no sean considerados servicios públicos es una garantía de inversiones, acceso universal o precios económicos. Las telecomunicaciones se mueven en una línea fina entre una regulación que debe existir y una libertad para poder competir.

Ahora se espera que la autoridad de aplicación establezca la reglamentación para la prestación básica universal obligatoria, que tuvo su experimento con la pandemia y que permitió que muchas personas puedan acceder a servicios de Internet básicos. La idea es que este tipo de planes esenciales y económicos puedan extenderse más allá de la emergencia sanitaria.

Existe un punto adicional sobre el DNU que no debe faltar en el análisis. En Argentina, se está haciendo costumbre de modificar la regulación por decreto. Decretos que, además, muchas veces son inconsultos, dentro y fuera del Gobierno. Así, la previsibilidad y seguridad jurídica es un tema pendiente en un país que cambia según la ideología de quien está en el poder.

Este enfoque es el que Asiet más criticó en su comunicado. La organización señaló que ve “con suma preocupación que se realicen cambios drásticos de amplio alcance e inesperados en las reglas del sector, sin una construcción previa de consensos, generando una innecesaria incertidumbre entre todos los actores del mercado y entre los usuarios.”. Asimismo, hizo hincapié en que la medida afecta las inversiones y perjudica los despliegues futuros. “Es clave que la normativa sectorial tenga consistencia técnica, proteja la institucionalidad y defina adecuadamente las competencias del regulador”.

El diálogo con toda la industria, que el directorio de Enacom enarboló desde que asumió en diciembre pasado, es ahora más importante que nunca. Tanto desde GSMA como Asiet como los operadores parecen estar de acuerdo en abrir el diálogo y llegar a un acuerdo para la reglamentación del decreto. Si Enacom abre la puerta a generar consensos, todo se reducirá en la capacidad que tenga el regulador de manejar los diferentes intereses. Por ahora, solo significará precios congelados hasta 2021 y el inicio de largas discusiones, dentro y fuera de la autoridad de aplicación.

Leticia Pautasio es periodista y Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Quilmes (Buenos Aires, Argentina). Durante su carrera profesional se desempeñó en gráfica, radio y medios de comunicación en línea. Desde 2009 se especializa en tecnología, telecomunicaciones y negocios; cubriendo la realidad del sector en América latina. En 2013 obtuvo el diplomado "El Periodista Latinoamericano como agente y líder en el desarrollo social" del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (México). Contacto: [email protected]

4 Comentarios

  1. Pasado el Proceso Militar siguió vigente la Ley 22285; incluso se cambió la moneda y la constitución pero se siguió con la misma ley modificada, hasta el cansancio, por otras Leyes, Decretos y Resoluciones. 26 años después surgió la Ley 26522 generando un aire fresco y terminando con todo ese fárrago legal pero lamentablemente el gobierno del Ing. MACRI volvió a esa mala práctica derogándola parcialmente, por un DNU, a los 19 días de haber asumido y, de ahí en más, nuevamente mediante Decretos y Resoluciones se introdujeron cambios alterando su espíritu (el dela Ley 26522). El Decreto 690/2020 (gestión presidencial Dr. Alberto FERNÁNDEZ) intenta retrotraer en algo esa situación. Interpretando y compartiendo lo que bien expresa Leticia PAUTASIO estimo que es hora de terminar con esa mala práctica de los DNU y otras normas modificatorias.

  2. El Decreto 690/2020: Un anuncio que no mejora nada y puede empeorar la calidad y accesibilidad de lo poco que tenemos en conectividad digital.

    El viernes 21 de agosto el Presidente Fernandez sorprendió con el anuncio del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 690/2020 (DNU 690/20) que modifica la Ley 27078 “ Argentina Digital”:

    • Artículo 1º) Modifica el Art.15º para definir a las TICs (Tecnologías de la Información y Comunicación) como servicio público esencial y estratégico en competencia extendiendo esa condición, además de para las compañías mayoristas, también al acceso de los usuarios a las compañías minoristas, imponiéndole a la autoridad de aplicación la responsabilidad de “garantizar la disponibilidad del servicio”.

    • Artículo 2º) Sustituye el Art.48º para convertir “la facultad de regular precios” de prestación por parte del ente fiscalizador en “el deber de fijar dichos precios”, en todo los niveles del sector de servicios de TICs, pasando a ser un sistema de precios fijados e invalidando la competencia.

    • Artículo 3º) Amplía en el Art. 54º el concepto de servicio público telefónico a la telefonía celular, en todos sus modos, y agrega el deber de asegurar una “prestación básica universal en condiciones de igualdad”.
    Por último el,

    • Artículo 4º) Prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2020 el congelamiento de tarifas y la prohibición de cortes, ya impuesta durante la pandemia.

    Los demás artículos son de difusión, autoridad de aplicación y forma jurídica de legislación.
    El DNU tienen considerandos declarativos de derechos y buenas intenciones pero su parte resolutiva, otra vez por vía de la excepcionalidad a pesar de estar el Congreso en funciones, cambia , sustancialmente, las reglas legales de operación, funcionamiento y precios del sector de prestadores de servicios de las TICs.
    Las telecomunicaciones, al igual que el resto de los servicios públicos fueron desarrollados por inversión del Estado Argentino durante años y privatizados en los 90 por iniciativa y votación del mismo partido político que hoy gobierna.
    El acceso a la tecnología, en este caso de Información y Comunicación, hace al desarrollo integral de la persona humana, lo que convierte a este servicio en un “Derecho Esencial”, cuya accesibilidad y calidad debe ser garantizada por el Estado. En la actualidad millones de compatriotas no tienen garantizado ese Derecho.
    En los servicios públicos, la densidad de usuarios define costos y calidad de prestación, o sea que las localidades de menor población y/o más alejadas de los grandes aglomerados urbanos tienen costos de servicios más altos y/o de menor calidad. Ahí el Estado debe concurrir para garantizar el acceso en calidad y precio justo.
    La infraestructura del servicio de TICs tiene rápido envejecimiento tecnológico, dada su velocidad de innovación y desarrollo, y debe estar integrada a escala global por lo que su servicio exige inversiones constantes a largo plazo para mantener los niveles de calidad. Para ello es necesaria la inversión privada que demanda un diseño normativo: seguro, sistémico, transparente y previsible. Ahí está mi principal controversia con el DNU, dada la débil institucionalidad que lo envuelve, la que aumenta incertidumbre y puede fulminar la posibilidad de inversión. Véase la caída del financiamiento internacional por U$S 600 Millones a una de las compañías prestadoras mayoristas a raíz de su dictado.
    Modificar una Ley por Decreto de Necesidad y Urgencia debería ser la excepción. Este gobierno pretende convertirlo en la norma. Eso vulnera la República, empaña la transparencia, profundiza la inseguridad jurídica y aleja las inversiones que nuestra economía necesita para reorientarnos hacia el progreso con equidad.
    Los cambios de reglas deben hacerse de formas abiertas al debate y la opinión previa de todos los sectores involucrados, particularmente escuchando los usuarios.
    Los argentinos hemos experimentado, en esta etapa de recuperación democrática, diferentes estadíos en lo referido a la prestación de los servicios públicos con diferentes características de prestadores, calidad y precio. Tuvimos servicios públicos: estatales con accesibilidad amplia, precios bajos y deficiencias de calidad en los 80; privatizados en los 90 con regulaciones laxas y controles débiles que favorecieron concesionarias con alta rentabilidad, baja inversión y calidades diferenciadas por precio y lugar geográfico. El quiebre de la convertibilidad desmoronó el andamiaje privatizador y abrió paso al populismo tarifario manteniendo las concesiones privadas que derivaron en el colapso macro-económico y de la calidad de las prestaciones en los 2000, del que, aún hoy, arrastramos sus consecuencias negativas.
    En telecomunicaciones la Ley 27078 derogó el decreto ley de la dictadura, en 2014, y definió un escenario de competencia, habilitando la convergencia de redes y reforzando el rol del estado como regulador. Lamentablemente dejo puntos claves librados a su reglamentación que inhabilitaron el consenso de la oposición.
    Fue un paso adelante pero no resolvió la accesibilidad con calidad y precio justo a los servicios de la TICs. La cantidad de abonados con telefonía celular disminuyó, aumentando, dentro de ella los servicios prepagos ( más caros y de mayor uso en los sectores de menores ingresos), y la conectividad a internet aumento, ambos con las tecnologías disponibles, mucha en estado de desuso tecnológico, lo que afecta la calidad del servicio, principalmente en el interior del país.
    Dicha Ley “Argentina Digital” define el Fondo Fiduciario del Servicio Universal (1% de todas las tarifas percibidas por las prestatarias) que, a hoy, acumula más de $12.000 Millones ( pesos: doce mil millones) que deberían utilizarse federalmente para un plan de inversión en infraestructura tecnológica que garantice calidad y precio justo en el acceso a los servicios TICs de todos los argentinos.
    Tengo para mí que estamos perdiendo la oportunidad de capitalizar experiencias, de aciertos y errores, de todo este tiempo democrático. Si no cambiamos de actitud política e institucional seguiremos naufragando en “las vereditas”, al decir del Presidente Raúl Alfonsín, con posiciones circunstanciales e irreductibles que nos alejan del camino hacia el progreso que está muy condicionado por la incorporación de la dimensión digital en la producción de bienes y servicios. Si seguimos imponiendo improvisaciones, como considero es el DNU 690/20, no solo no mejoraremos las prestaciones de servicios digitales, es probable que las empeoremos.
    La oportunidad de desarrollo de nuestro país esta basada, fundamentalmente, en: sustentabilidad ambiental, digitalización de los procesos, integración comercial con el mundo y crecimiento de nuestra economía del conocimiento.
    Para lograrlo es indispensable eliminar las INEQUIDADES Y GARANTIZAR el acceso de la mejor calidad en los servicios digitales en todo nuestro territorio. Para ello son necesarios tanto:
    • el Estado; fijando las reglas del juego de forma transparentes y previsible, promoviendo la extensión de accesibilidad digital en los lugares más alejados y menos poblados, subsidiando el acceso de calidad de quienes, viviendo en cualquier lugar del país, no pueden acceder a ellos por su propios medios, como;
    • el Mercado donde el sector privado, nacional e internacional, invierta y compita por calidad y precio en los lugares más densamente poblados, y;
    • todos bajo la regulación eficiente y el control transparente del sector público con la participación de los usuarios y consumidores.
    Mientras, en el mundo, las potencias se disputan el liderazgo del 5G y las tecnologías de conectividad de redes con anchos de banda de varios gigabits, en Argentina hay millones de compatriotas que no tienen acceso a la telefonía celular, ni al 4G, ni a internet, y, si tienen, no es con la conectividad de ancho de banda y rapidez que hoy exigen: el teletrabajo, la Educación digital, la Telemedicina, la Big Data e Inteligencia Artificial, la robótica, la telemetría, etc. Esos deberían ser nuestros objetivos y este DNU no aportará nada para lograrlos.
    Atarnos a confrontaciones dogmáticas de “Estado vs Mercado” no ha servido para resolver nuestros problemas, ni los viejos, ni los nuevos. Se ha demostrado que el Estado puede ser exitoso ejerciendo un rol concurrente junto al mercado, como es el caso de la autopista de la información de mi Provincia de San Luis, en la cual hay mucho para mejorar pero la idea de accesibilidad universal es más cercana.
    Quiero rescatar dos definiciones del Willy Brandt (líder de la Social Democracia Alemana) referidas al rol del Estado y el Mercado que me parecen pertinentes a este debate, quién en los años 60¨ expresó :
    • “ la planificación arbitrariamente dirigida no ha sabido llevar a cabo el cambio tecnológico y el paternalismo del poder sofoca toda creatividad e iniciativa personal”, y

    • “Tanto Mercado como sea posible, tanto estado como sea necesario”.
    Sin la conjunción inteligente de ambos, establecida como política de Estado, no lograremos los objetivos de disponibilidad tecnológica de punta, accequible con igualdad social y geográfica, necesaria para el desarrollo con equidad.
    Entonces, al decir de un amigo, el DNU 690/20, en el mejor de los casos, habrá sido otra declamación.
    No perdamos otra oportunidad¡ Hagámoslo bien , hagámoslo juntos¡
    Ing. Walter Ceballos

    • Hola Walter, de verdad agradezco tu largo análisis. Es cierto que se hace necesario generar consensos y trabajar en paralelo entre mercado y Estado. Hay un desafío de atender a todos los actores porque, además, las telecomunicaciones en Argentina tienen un esquema de múltiples proveedores pymes, cooperativas y grandes jugadores, que tienen diferentes estructuras y servicios y, por lo tanto, tienen distintas necesidades e intereses.

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