¿Libre competencia o conectividad universal? Argentina busca la respuesta en los tribunales de justicia

La contienda en el sector de las telecomunicaciones continúa áspera en Argentina y, ahora, se da en el terreno judicial: el viernes a última hora la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal eximió a Telecom Argentina del cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 por seis meses y el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) respondió que interpondrá un recurso federal para elevar el tratamiento a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Este es el nuevo capítulo de una pelea varias veces reiterada y que comenzó, como todo encuentro entre pugilistas de porte, una velada de viernes, en este caso, del 30 de abril cuando los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez admitieron la presentación realizada por Telecom —pronunciación que se dio en segunda instancia luego que la primera fuera rechazada— y lanzaron un golpe certero que puso contra las cuerdas a su oponente.

La novedad implicó la suspensión de los artículos 1 al 6 del DNU para Telecom de Argentina, pero también la amnistía sobre otras tres resoluciones reglamentarias del Enacom, como la 1466/2020 sobre la regulación de los precios, la 1467/2020 sobre la Prestación Básica Universal Obligatoria (PBU) y la 204/2021 sobre las tarifas. Ahora la telefónica podría dejar de ofrecer los paquetes de bajo costo y aumentar libremente sus tarifas.

El decreto había sido emitido en agosto de 2020 con el objetivo de dar respuesta a una realidad mil veces asimétrica, la conectividad de los sectores menos pudientes y que, en pandemia, profundizaron sus necesidades. Y lo hizo nombrando “servicio público esencial y estratégico en competencia” a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga, al tiempo que suspendió los aumentos tarifarios.

Sin embargo, para el sector de las telecomunicaciones, el conocido como PBU era, es y será un requisito que podría subsanarse echando mano al Fondo Fiduciario del Servicio Universal y que las características propias de un servicio que está “en competencia” lo aleja de las posibles intervenciones del Estado.

En diálogo con TeleSemana.com, Gustavo López, vicepresidente del Enacom, adelantó que interpondrán un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, a través de misma Cámara y Sala que sancionó el fallo que suspende la aplicación del DNU: “y tendrán la obligación de tratarlo, lo pueden denegar —aunque sería una muestra más de la discrecionalidad de la Justicia— u otorgarlo y, en ese caso, según el Código, implicaría volver la aplicación automática del DNU”, dijo, aunque deslizó que “la Justicia tiene una tendencia de tratamiento en favor de las empresas”.

El funcionario adelantó que “25 de las 26 asociaciones de usuarios y consumidores, a su vez, van a presentar en diversos juzgados una Declaración de Certeza, algo así como pedir la constitucionalidad del decreto”.

Inclusive, diversos trascendidos señalaron que el Enacom trabaja en una resolución que se publicaría esa semana con la que buscaría evitar el corte de servicio por falta de pago por sobre facturación, aunque no aplicaría a Telecom hasta tanto se resuelva la medida cautelar; y que cuenta con hasta el 14 de mayo para apelar ante la Corte.

Los camaristas López Castiñeira y Márquez, por su parte, sostuvieron en su decisión que, tal como trascendió en diversos medios, teniendo en cuenta “las características de la empresa actora, su giro comercial, las prestaciones que brinda y correlativos requerimientos de inversión y consiguiente financiamiento que razonablemente han de ser satisfechos para su organización y desarrollo, es válido atender también a la dificultad puesta de manifiesto en orden a la posibilidad de acceder a la financiación por parte de entidades internacionales”.

“Lo que dice el fallo, que coincido, es que las empresas ya aportan el uno por ciento de su facturación al Fondo de Servicio Universal que busca, a su vez, abastecer a los lugares no rentables, gente que con menores ingresos y otros déficits del mercado, que es un fideicomiso que ya tiene poco más de 106 millones de dólares (10.000 millones de pesos) y que es la herramienta adecuada para generar un subsidio a la demanda”, consideró en diálogo con TeleSemana.com Agustín Garzón, consultor en Telecomunicaciones y director y gerente Ejecutivo del Enacom entre 2015 y 2019. Sentenció que “el Estado no puede cargarle a las empresas la obligación de implementar una política pública a su costa, sobre todo, porque rompe los contratos originales de todos los servicios”.

“El único fundamento que el fallo expone es el supuesto perjuicio al derecho de propiedad ocasionado a Telecom Argentina, generando un enorme perjuicio concreto a sus usuarios y usuarias ya que promueve que abonen tarifas superiores a las de los otros operadores”, detalló el ente en su comunicado y subrayó que “desde el primer momento, Telecom optó por el incumplimiento y la judicialización de todas las medidas dictadas en favor de las y los usuarios”.

“La decisión del Poder Judicial no sorprendió a Enacom. Esta resolución no modifica lo que venía ocurriendo en la práctica desde la promulgación de dicho DNU ratificado por Ley, ya que Telecom incumple el mismo desde hace más de ocho meses”, sostuvo el ente en su comunicado oficial.

“Los usuarios de Telecom están desprotegidos, aunque el fallo no esté firme sino hasta el 14 de mayo que vence la apelación. Y son unos 18 millones de usuarios de telefonía fija, celular, internet y servicio de cable que, en la práctica, ya no estaban protegidos y nosotros multábamos a la empresa e iniciábamos juicios a la espera que se le exigiera la devolución del dinero e intimara a cobrar lo justo”, consideró López y calculó que “en estos cuatro meses de no aplicación del DNU, la sobre facturación del Grupo Clarín mediante su empresa Telecom, ronda los 106 millones de dólares (10.000 millones de pesos)”.

“Me parece que el gobierno debería dejar sin efecto el DNU porque no puede no permitir aumentar los precios sólo a la mitad del mercado. No tiene lógica. Lo más prudente es dejarlo sin efecto hasta que se pueda hacer algo que, lo ideal es derogar el DNU pero, si no lo hacen, que haya un fallo que empareje al mercado”, sostuvo Garzón.

Sucede que esta contienda es vieja ya y TeleSemana.com la viene cubriendo capítulo a capítulo. En lo que respecta a la arena judicial, por ejemplo, ya en febrero, un juzgado Federal cordobés dio lugar a un amparo de TV Cable Color, de la localidad de Villa del Rosario.

“Entiendo que quedarían sin efecto el 690 y las resoluciones posteriores y, técnicamente, las empresas podrían subir precios libremente”, agregó Garzón y evaluó que “la lógica de los servicios públicos es tal cuando hay un monopolio, como el servicio de agua, pero no cuando los servicios están en competencia porque, entonces, lo que rige el precio allí es, justamente, la competencia… y, entonces, pierde lógica aquello de establecerlo como servicio público”.

Pero para López el impacto de este golpe al DNU tiene varias aristas: una que está relacionada a la posibilidad de regular los precios por parte del Estado “y ahí hablamos de los 44 millones de argentinos”, pero también “subrayar que quien no cumple la ley puede cobrar lo que quiere y distorsionar el mercado”.

A su vez, el funcionario señaló que impacta en el acceso de los sectores más vulnerables al PBU, contemplado para aquellos “que tienen ingresos menores a dos salarios mínimos y que está calculado en 14 millones de personas y, aunque no implique que todos los soliciten, es un derecho del ciudadano y una obligación de la empresa”.

“Inclusive, y a pesar de los reclamos cruzados, estamos trabajando para que alcancen al menos para aquellas personas que están en situación de indigencia, unos 4,5 millones de personas cuyos hogares con tienen ingresos mensuales de 128 dólares (12.000 pesos), que apenas tienen para comer y que la PBU propone que paguen 3,7 dólares (350 pesos) por una línea celular con carga de datos”, detalló López porque “los chicos tienen que poder estudiar”.

Toque de campana y los pugilistas vuelven a sus rincones en lo que parece un encuentro que no tiene fin. ¿Pero qué implica que la Justicia decida? ¿Qué alcances tienen en esta discusión nociones como el derecho a la conectividad, las leyes del mercado y las urgencias que imprime una pandemia que no da respiro? Cada esquina del ring tiene su respuesta. Mientras, debajo del cuadrilátero, son muchos los que aguardan ver arriba el brazo del ganador.

Noelia Tellez Tejada se desempeña como Editora Adjunta en TeleSemana.com. Periodista y analista, acredita más de 20 años de labor ininterrumpida en medios gráficos, digitales y radiales. Está especializada en tecnología, negocios y telecomunicaciones. Su correo es [email protected]

2 Comentarios

  1. Respecto al monto actual del FSU es errónea la conversión 106 mil dólares a 10.000 millones de pesos.

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